Carlos el Chacal
Tribunal Europeo
París, Francia
En 2005, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos escuchó una queja de Ramírez Sánchez de que sus largos años de confinamiento solitario constituían un "trato inhumano y degradante". En 2006, el tribunal decidió que el Artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (prohibición de tratos inhumanos y degradantes) no había sido violado; sin embargo, el Artículo 13 (derecho a un recurso efectivo) sí lo había sido. Ramírez Sánchez recibió 10.000 € por costas y gastos, al no haber presentado ninguna reclamación por daños y perjuicios.
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